Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL ha incoado el ciudadano LUIS JOSE VELIZ RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 13.521.914, en contra de la sociedad mercantil VIGILANCIA Y PROTECCION MOR-MAR, C. A.; y
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en la parte in fine del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay especial condenatoria en costas. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.