Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, en el cual Condenó al ciudadano Infante de Marina, Arturo Miguel Beleño Dávila, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.949.620, con domicilio y residencia en el Barrio Singapur, Primera Calle, Casa sin Numero, Cerca de la Bodega "Edy", Machique de Perijá, Estado Zulia. Plaza del Comando Fluvial Fronterizo "TN Jacinto Muños", a cumplir la pena de diez (10) meses de prisión, más las accesorias de ley contempladas en el artículo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar, como autor responsable del delito militar de Deserción, previsto y sancionad.....