DISPOSITIVA:
Por los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: 1) Medida Cautelar Privativa de Libertad a los imputados 1) José Antonio Hibirma Silva, 2) Ángelo Jesús Silva Rodríguez, 3) Arturo Antonio Castillo Mendoza, 4) Erick Diomar Escalona Duran, 5) Héctor Jesús Silva Rodríguez, y 6) Rafael Eduardo Morán Fernández, NEUDO IGNACIO PEREZ, plenamente identificados en autos por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y APROVECHAMIENTO DE OBJETOS PROVENIENTES DEL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHÍCULO, previstos y sancionados en los artículos 3 y 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal,. 2) Por cuanto, el presente asun.....