Por las razones expuestas, este Tribunal Octavo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 28 Ordinal 5to y 48 ordinal 7mo Ejusdem, en la causa seguida a la ciudadano Juan José Rodríguez, C.I. 13464341, Comerciante, Venezolano, soltero, 29 años, residenciado en las Tinajitas sector 1 callejón 1casa No 2 – 26 Barquisimeto Estado Lara.