D E C I S I ÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, declara SIN LUGAR la apelación intentada por la representación de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 04 de mayo de 2011, que declaró SIN LUGAR la Acción de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA incoada por la ciudadana GLORIA AGUSTINA DURÁN en contra de los ciudadanos SANDRA MILAGROS DURÁN, CARMEN ZULEIMA DURAN, RICARDA ISABEL DURÁN, ÁNGEL SAMUEL ANTEQUERA GARCÍA Y JOSÉ RAMÓN ANTEQUERA GARCÍA, plenamente identificados en autos, y contra los herederos desconocidos del ciudadano EDUARDO SAMUEL ANTEQUERA y la ciudadana MARCELA PRISCILA DOMÍNGUEZ DE ANTEQUERA, como tercero opositor.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas procesales.
De conformidad con el Ar.....