DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARTIN MANUEL VEGAS, en su carácter de defensor del ciudadano Capitán (EJB) PEDRO JOSÉ VALERA GUEDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.240.484, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Ciudad Bolívar, estado Bolívar, de fecha 11 de marzo de 2008, mediante el cual decretó el archivo de las actuaciones, de conformidad con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de Desobediencia, Negligencia, Falsificación y Falsedad, previstos y sancionados en los artículos 519, 538, 567, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad con lo previsto en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser recurrible la decisión impugnada.