DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL CONFINAMIENTO a la penada DENNYS MARÍA TORBELLO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 8.515.358, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena por el lapso de pena que le queda por cumplir, es decir por UN (01) MES y UN (01) DÍA, que extinguen el VEINTISÉIS DE MAYO DE DOS MIL SIETE (26-05-2007), en la dirección siguiente: Comunidad Rafael Linárez carrera 2 entre calles 5 y 6, casa sin numero de esta ciudad, teléfono 0416-6503814, sitio en el cual se encuentra su residencia, debiendo ser supervisado por la Prefectura del Municipio Iribarren del Estado Lara que informará cada mes a este despacho sobre el cumplimiento de la medida.
Regístrese la presente decisión .....