Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, declara denegada la modificación de la medida sustitutiva, de Sometimiento al Cuidado y Vigilancia de una Institución, que se les impuso a los adolescentes [...], en el proceso que se le sigue por el delito de Robo Agravado, previsto y sancionado el artículo 458 del Código Penal.
Regístrese y Notifíquese.