DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Militar Noveno de Control con sede en la Ciudad de Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA. PRIMERO: Se declara el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano Acusado S2. EDGAR ALEXANDER PÁEZ BRIZUELA titular de la cédula de identidad N° V-16.384.371, en virtud de que se ha verificado el cumplimiento total y cabal del régimen de prueba impuesto en audiencia preliminar de fecha 26 de Septiembre de 2014, por la presunta comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 523 en concordada relación con el Ord. 1° del artículo 527 y sancionado en el articulo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Milita. SEGUNDO: Se extingue la acción penal de conformidad con el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal en concatenada relación con el artículo 300 cardinal 3 y 5 ejusdem. TERCERO: Se declara terminado el proce.....