DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MARÍA VERÓNICA VARGAS MENDOZA, inscrita en el IPSA bajo el N° 143.869, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana TEMILDA DEL CARMEN NUÑEZ, parte demandada, supra identificados, contra la decisión definitiva de fecha 22 de julio del año 2016, dictada por el JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, SE ANULA todo lo actuado desde el auto de fecha 02 de marzo de 2016, en el cual se fijó la fecha de informes y todas las actuaciones subsiguientes al mismo, REPONIÉNDOSE la causa al estado de que .....