este Tribunal en aras de preservar la Tutela Judicial Efectiva, el debido proceso y la igualdad entre las partes determina que debe declarase la reposición de la causa a los fines de que se dicte auto en el que se emita el pronunciamiento correspondiente con respecto al procedimiento a seguir en la presente incidencia de acción reivindicatoria.
En consecuencia se declara la nulidad del auto de fecha 19 de Enero de 2022, y las actuaciones siguientes de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo se ordena la reposición de la causa al estado de admitir las pruebas de conformidad con lo establecido en el Artículo 397 y 398 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.