este Tribunal Militar Tercero de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 49, 51, 253, 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con los artículos 471, 487, 506 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a las previsiones de los artículos 20 y 592 del Código Orgánico de Justicia Militar, decide. PRIMERO: Se ordena requerir la opinión del Ministerio Público Militar a fin de REVOCAR LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, en contra de los penados DANIEL ENRIQUE PIRELA MARTINEZ, venezolanos, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.-23.764.310 y YOEL ENRIQUE PEÑALOZA SILGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.863.918, respectivamente de conformidad con lo establecido en los artículos 471 numeral 1, 487 y 500 del Código Orgánico.....