DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Tribunal Unipersonal de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado: XXXXXXXXXXXXX, por la comisión del delito de Robo Agravado, previstos y sancionados en el artículo 458, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUAN CARLOS RIVAS VALENZUELA, se impone como sanción definitiva, las previstas en los literales "c", "b" y "d" del articulo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, descrita en los artículos 625, 624 y 626, de la referida Ley Especial y serán cumplidas sucesivamente por un lapso de Tres (3) Año. Por otra parte el adolescente no tiene limitaciones de ninguna naturaleza que le impidan el cumplimiento de la sanción.
Dada, firmada y sellada en la sala de Audiencias de este Juzgado Uniperson.....