Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, Estado Táchira, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la solicitud dela DefensoraAbogado FREDYAMIL COROMOTO COLMENARES CHAVEZ, de sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en fecha primero de noviembre del año en curso, en contra del imputado FRANCISCO JOSE ROJAS VELIZ, titular de la cédula de identidad Nº V-26.363.406;por la presunta comisión de los delitos militares de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado el artículo 502 del Código Orgánico de Justicia Militar y ULTRAJE ALAFUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado el artículo 505 del Código Orgánico de Justicia Militar en perjuicio del Estado Venezolano (Fuerza Armada Nacional Bolivariana); por otra me.....