este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO interpuesta por el ciudadano, HUMBERTO LUIS RIVERO ROJAS, contra la ciudadana BRENDA CONCEPCION ROJAS MENDEZ, todos antes identificados. En consecuencia se DECLARA la existencia de la unión estable de hecho entre el ciudadano HUMBERTO LUIS RIVERO ROJAS y la ciudadana BRENDA CONCEPCION ROJAS MENDEZ, antes identificados, con fecha de inicio 19/02/1999 hasta el 20/02/2013.
SEGUNDO: Se condena en COSTAS a la parte demandada en razón de haber resultado totalmente vencida, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: La presente decisión se publica dentro del lapso de Ley.
CUARTO: De conformidad con el 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia.....