DECRETA: PRIMERO: NO SE FIJARÁ nueva fecha para efectuar la audiencia preliminar hasta tanto el ciudadano EMILIO RODRIGUEZ BRITO, Titular de la Cedula de Identidad Nº 21.541.607, por la presunta comisión del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, se haga presente en esta causa penal; y SEGUNDO: SE LIBRA ORDEN DE APREHENSION en contra del EMILIO RODRIGUEZ BRITO, Titular de la Cedula de Identidad Nº 21.541.607, para que sea puesto a la orden de este Tribunal Militar y se le notifique conforme a derecho de la celebración de la audiencia preliminar en virtud de la acusación presentada en su contra por el Fiscal Militar Quinto de Caracas; y se acuerda comisionar ampliamente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas para que aprehendan al mencionado, y lo hagan comparecer ante este órgano jurisdiccional militar, dentro de las cuarenta y ocho siguientes a su aprehensión, a.....