Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano: CAPITAN ENNIO JOSE ORDOÑEZ GUEVARA, Venezolano, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.138.553, de la acusación que le fue formulada por el Ministerio Público Militar, por la comisión del delito militar CONTRA EL DECORO MILITAR, previsto y sancionado en el artículo 565, del Código Orgánico de Justicia Militar, y lo CONDENA por encontrarlo autor responsable en la comisión del delito militar de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el ordinal 1º del Artículo 509 del Código Orgánico de Justicia Militar, a cumplir la pena de ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley contenidas en los numerales 1º, 2º y 3º del artículo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar, las cuales son: 1) Inhabilitación política por el tiempo de la pena, 2) Separación del Servicio Activo y 3) Pérdida del derecho a .....