Mediante Resolucion Nº: PJ0252024000151, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de, DIVORCIO POR DESAFECTO, presentado por el ciudadano: JOSE CRISPULO YTAMA ROSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-5.677.784, debidamente asistido por el ciudadano: ANGEL CORDOVA, Abogado en libre ejercicio e Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 253.953 y de este domicilio.-