éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente en el Acta de Defunción de su padre colocando los nombres y apellidos del solicitante y el de su hermano, por lo tanto, donde dice "Deja un hijo de nombre Hermes Jacobo (fallecido)" debe decir. "Deja tres hijos de nombre JOSE GREGORIO ROJAS MONTERO, CARLOS ELIECER ROJAS MONTERO y HERMES JACOBO (FALLECIDO)".
En consecuencia, se ordena al Registrador Civil del Centro de Salud Hospital Dr. Pastor Oropeza Riera, Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el Acta de Defunción antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia al interesado y envíese las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta Sentencia y.....