Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA: SIN LUGAR, la acción de DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesta por SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES RIÓ BLANCO C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 26 de Junio de 2003, anotado bajo el Nº 60, Tomo 20-A, de los Libros llevados por ante ese Registro, representada por el ciudadano LUÍS ALBERTO MORALES GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.387.522 y de este domicilio en contra de SOCIEDAD MERCANTIL BANCO DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, Institución Bancaria domiciliada en la Cuidad de Caracas, constituida originalmente por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito .....