CONFIRMA el auto dictado por el Tribunal Militar Quinto de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Maracay, Estado Aragua, de fecha veintiocho de septiembre de dos mil seis, mediante el cual declaró sin lugar la devolución de la aeronave tipo helicóptero, Marca Aeropastiale, Modelo Aloutte II SE 3130, Serial 1481, Siglas YV-631A, por considerar que la aeronave es imprescindible para el desarrollo de la investigación.
En consecuencia, SE DECLARA sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados EDGAR A. TRAVACILO Y SANTOS CARDOZO ARÉVALO, apoderados judiciales de la empresa HELICOPTEROS DEL CENTRO, C.A (HELICENCA).