DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR  la apelación intentada por el abogado JORGE LUIS MOGOLLÓN, en contra de la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio de ACCION REDHIBITORIA  interpuesta por el ciudadano JOSE LEONIDAS UZCATEGUI RODRIGUEZ en contra del ciudadano CARLOS JOSE ROO DURAN.
Queda así  CONFIRMADA la sentencia interlocutoria apelada.
De  conformidad  con  el  Art.  248  del  Código  de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente