Así pues, en el caso bajo estudio los ciudadanos Álvaro Rodríguez, Alberto Gil, Edecio Ramírez, Vicente Silvera, Julián Mata, Luis Calzadilla y Martín Gutiérrez al momento de constituirse el Tribunal en el lugar objeto de inspección, llegaron un acuerdo de buena fe. No obstante, por las razones precedentemente expuestas, y siendo que no existe para el asunto sobre el cual versó el acuerdo, un juicio formalmente instaurado, es forzoso para este Juzgado negar la homologación del mismo, pues la actuación de esta instancia judicial únicamente se limitó al otorgamiento la buena pro del convenio realizado al ciudadano Álvaro Rodríguez, ya que para que este tipo de situaciones la capacidad de administrar justicia obra según el prudente arbitrio del Juez, en consonancia con lo más equitativo y racional en obsequio de la justicia e imparcialidad. Y así queda establecido.-