Por todas las razones antes expuestas, ESTE TRIBUNAL MILITAR SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS CON SEDE EN MARACAY, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta, tenemos que el penado: JEAN CARLOS LOPEZ QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.982.811, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, sentenciado a cumplir una pena de DIEZ (10) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS DE PRISION y EXPULSIÓN DE LA FUEZA ARMADA NACIONAL, más la pena accesoria de Ley, de acuerdo al Artículo 407 en su Cardinal 1 y 3, del Código Orgánico de Justicia Militar, Inhabilitación Política por el tiempo de la pena y Perdida de derecho a premio, por ser autor responsable de la comisión del delito Militar de DESOBEDIENCIA, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 del Código Orgánico de Justicia Militar, y el delito militar de ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sa.....