este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, decreta PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO SOBRE BIENES MUEBLES propiedad de la parte intimada el ciudadano EMANUEL ORLANDO CARVALHO GERAL, Extranjero, mayor de edad, titular de la cedula identidad N° E-82.011.732 cuyo domicilio es en la Avenida Libertador, Centro Comercial Los Libertador, Restaurant NOVA WEST, Barquisimeto, Estado Lara, hasta garantizar el monto adeudado que es por la cantidad de SESENTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA ($60.000) si recae sobre dinero en efectivo, por concepto del monto intimado, o su equivalente en bolívares en razón de la tasa del Banco Central de Venezuela para el momento en que se vaya a realizar el pago y la cantidad de CIENTO VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA ($120.000) que es el doble de la suma intimada, o su equivalente en bolívares en razón de la tasa del Banco Central .....