DEL DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Este tribunal se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer el presente asunto, de conformidad con lo dispuesto en Resolución Nª 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por la sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en sala plena, y publicada en la Gaceta oficial Nº 39.152, en fecha 02 de abril de 2009, en su artículo 3; a cuyo efecto, se DECLINA la competencia para cualquier Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Segundo Circuito de la Circunscripción judicial del estado Bolívar, para que conozca de la acción propuesta.
Segundo: Se ordena remitir el presente asunto al tribunal declarado competente, una vez vencido el lapso establec.....