En fuerza de lo antes señalado este TRIBUNAL MILITAR SÉPTIMO DE CONTROL Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 49 Ordinal 7° y 300 numeral 5º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; seguida al ciudadano TENIENTE KLEIDERBERT JOSHUEPH PÉREZ JIMENEZ, titular de la cédula de identidad No. V-19.615.241, incurso en la comisión del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 numeral 4 (primer aparte) y 525, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, SEGUNDO: Con la lectura de la presente acta quedan notificadas las partes. Háganse las participaciones respectivas.