DECLARO: PRIMERO: En cuanto al cómputo del cumplimiento de la pena impuesta tenemos que el Ex Infante de Marina GRATEROL MENDEZ VICTOR, titular de la cédula de identidad Nº V-19.153.459, fue detenido judicialmente el día dieciocho (18) de Septiembre de 2010, por encontrarse incurso en la comisión del delito militar de DESERCION, previsto y sancionado en el artículo 523 ,527 Numeral 1º y Sancionado en el Articulo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, fue condenado por el Tribunal Militar Cuarto de Control de la Guaira, a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES DE PRISION, más las penas accesorias señaladas en los numerales 1º, 2º y 3º del artículo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar a saber: 1) Inhabilitación Política por el tiempo que dure la pena, 2) Separación del Servicio Activo y 3) Pérdida del Derecho a premio, habiendo cumplido hasta la presente fecha DIEZ (10) DIAS , de la pena impuesta de DIEZ (10) MESES DE PRISION, es decir que finaliza la pena impuesta por.....