Este Tribunal Militar al respecto observa:
PRIMERO: en fecha 11 de Julio de 2012, este Tribunal Militar Decretó la Suspensión condicional del Proceso en la causa seguida al ciudadano S/2. EDUARDO JOSE NAVARRO RUIZ, C.I.V- 18.907.903, quien para la fecha era plaza del 922 "JUAN JOSE RONDON", en la causa seguida por la comisión del delito militar de Deserción, fijándole un régimen de prueba por el lapso de Un (01) año con la obligación de cumplir con las siguientes condiciones de prueba: 1) presentación cada sesenta (60) días ante este Tribunal Militar; 2) Prohibición de retardarse de los permisos otorgados por su comando natural donde preste servicio y 3) Prohibición de Salir del País sin autorización del Tribunal.
SEGUNDO: En esta misma fecha se procedió a revisar el Libro de Presentaciones llevado para tal fin en este Despacho Judicial, a lo que se observa que el ciudadano anteriormente identificado se ha apartado del cumplimiento de la Condición de presentarse ante ese tribu.....