SE ORDENA CON CARÁCTER DE URGENCIA y DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO, oficiar una vez mas al Director del Internado Judicial, a los fines de que de CUMPLIMIENTO INMEDIATO a la orden de este Tribunal, en cuanto a trasladar al penado ANDRI MANUEL MAUTE HERNANDEZ, (INDOCUMENTADO) al Centro Hospitalario, en el lapso de veinticuatro horas una vez le sea notificada la presente decisión, debiendo dar respuesta del cumplimiento de la decisión a este Tribunal, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 5 del Código Orgánico Procesal Penal, 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Regístrese, publíquese y cúmplase.