En virtud de lo antes expuesto este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda COBRO DE BOLÍVARES (vía intimatoria) intentada por la Sociedad Mercantil MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS S.O.M.A., C.A contra el ciudadano WALTER JOSÉ RODRÍGUEZ BARRADAS.