Con fuerza en la motivación precedente este Tribunal Militar Cuarto de Juicio de San Cristóbal; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se admite la solicitud de la aplicación del Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos, formulada por la acusada ERICA MONCADA HIGUITA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía colombiana N° 43.993.266, de profesión u oficio estudiante; y con domicilio y residencia en la urbanización Brisas de las Nieves, casa blanca sin número con portón gris, vía principal hacia El Pórtico y la Vega al lado del club Los Cristales al frente del Club Aproupel Municipio Junín del Estado Táchira, por el delito militar de ATAQUE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 501, numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar, en grado de cómplice no necesario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 389 numeral 2, 391 numeral 1 y 425 del Código O.....