Declara DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 25 de Junio de 2008 por el Abogado Gustavo José Mendoza Pacheco, en su condición de representante de la empresa Energía Eléctrica de Barquisimeto (ENELBAR), contra la decisión proferida en audiencia oral conforme al artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal celebrada en fecha 16 de Junio de 2008 y publicada en la misma fecha por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 09 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual Decretó el Sobreseimiento de la Causa seguida al ciudadano Juan Carlos Tallaferro Morón por la comisión del delito de Hurto Agravado, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º ejusdem.