´PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por el Profesional del Derecho ABG. REINIER ALBERTO BORREGO JORDÁN, Defensor Público Segundo para el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando en representación del ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes); en contra de la decisión Nro. 01835-25 de fecha 16 de diciembre del año 2025, cuyo texto in extenso fue dictado en esa misma fecha, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 608 literales "G" y "K" de la Ley Especial Adolescencial.
SEGUNDO: ADMISIBLE el Escrito de Contestación interpuesto Escrito de Contestación a la Apelación, se observa que el mismo fue interpuesto por las Profesionales del Derecho ÁNGE.....