Se dictó decisión por la cual este Juzgado Militar Octavo de Control con sede en la Ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 ordinal 2do del Código Orgánico Procesal Penal pasa a decidir con forme a los siguientes términos : PRIMERO: se admite en su totalidad la acusación interpuesta en este acto por parte del Ministerio Publico Militar con sede en la ciudad de san Fernando de Apure Estado Apure, en contra el ciudadano Sargento Segundo JUAN EUGENIO MENDEZ CARRERO, titular de la cédula de identidad Nº 24.104.843, plaza del 9109 Compañía de Franco Tiradores "CAP. FRANCISCO GONZALEZ", Unidad Adscrita a la 91 BCBH", por la presunta comisión del delito de militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 ordinales 1º y 2° y 525, del Código Orgánico de Justicia Militar y se admiten en su totalidad las pruebas of.....