En mérito de las consideraciones precedentes, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la DRA. CLARA AURORA PONCE ROCA, en su carácter de Juez Unipersonal número XVI de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción internacional, para seguir conociendo del asunto signado con el número AP51-V-2008-005673, contentivo del Juicio de Divorcio incoado por la ciudadana HELGA CRISTIANE VONN CRAZUT SOTO, titular de la Cédula de Identidad No. 14.978.712, debidamente representada por los abogados AARON RAFAEL SOTO GARCÍA, MARIA YSABEL SALAZAR, ANA CECILIA VILORIA.....