DECISIÓN
Se DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por EDILIO CENTENO BAZAN, en contra de “ESTACIONAMIENTO CONCORDIA S.R.L”. En consecuencia la demandada deberá proceder a cancelar al Abogado Edilio Centeno Bazan la cantidad de ocho millones ciento noventa y nueve mil bolívares exactos (Bs. 8.199.000,00), equivalente al cincuenta por ciento (50%) de lo demandado; la corrección monetaria de esa cantidad por la desvalorización producida durante el juicio y los intereses moratorios, calculados al tres por ciento anual desde la fecha de interposición de la demanda, hasta su definitiva cancelación. SE DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN realizada por la parte demandada. QUEDA ASÍ MODIFICADA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la circunscripción judicial del Estado Lara, de fecha 15/09/2003.
De conformidad con lo establecido en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento.....