Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo previsto en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal Militar y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causas en favor del ciudadano Sargento Primero Eduardo José Fuenmayor Mendoza, cédula de identidad N° V-20.017.488, a quien se le seguía investigación penal militar por la presunta comisión del delito militar de Deserción previsto y sancionado en los artículos 523, 527.1 y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar.