Por los razonamientos anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al ciudadano JOHAN ALEXIS PICO VILLAMIZAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.418.802, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, quien se encuentra recluido en el Departamento de Procesados Militares, ubicado en la población de Santa Ana, Estado Táchira, cumpliendo la pena de tres (03) años de prisión, más las penas accesorias previstas en el articulo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar, es decir, inhabilitación política por el tiempo que dure la pena, separación del servicio activo, pérdida de derecho a premio y pérdida de armas, objetos e instrumentos con que se cometió el delito, condena ésta dictada en fecha diez de octubre del año dos mil ocho, por el Tribunal Mil.....