ÚNICO: Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación a la Transacción suscrita, da por terminado el presente expediente y ordena el archivo del mismo, procediéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Publíquese y regístrese.- Igualmente, se acuerda expedir 3 copias certificadas de la presente homologación.-
Dada, Firmada y sellada, en la sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintidós (22) días del mes de Noviembre del dos mil cinco (2005).- Años 195º y 146º.