En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el ciudadano RICARDO AUGUSTO NEVES HERNANDEZ, EN CONTRA DEL AUTO DE FECHA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2019, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que negó la apelación contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 17 de septiembre de 2019, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue el ciudadano REINALDO GUEVARA MARCEL contra RICARDO NEVES HERNANDEZ, suficientemente identificados en el Expediente Nro. FP02-V-2019-0000128, nomenclatura del señalado tribunal. En consecuencia se ordena del Tribunal antes referido a.....