Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de oficio LA PÉRDIDA SOBREVENIDA DE LA JURISDICCIÓN en la presente causa y en consecuencia, se ordena : A)- Efectuar el cierre informático en el sistema Juris 2000; B) Remitir el presente asunto signado con la nomenclatura KP02-U-2010-000025 a la Alcaldía del Municipio Araure del estado Portuguesa, mediante su entrega física a la SINDICATURA DEL MUNCIPIO ARAURE DEL ESTADO PORTUGUESA, a los efectos de la ejecución forzosa de la sentencia a través del procedimiento de cobro ejecutivo; C) Emitir el oficio de entrega, cuyos datos deberán asentarse en el libro de entrada y salidas de causas, incluyendo la fecha de su recepción y funcionario receptor, D) Notificar al Archivo Judicial de la remisión del presente expediente a la Sindicatura de la Alcaldía del Municipio Araure del estado Portugu.....