En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Juicio Nº 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY declara: IMPROCEDENTE, la solicitud formulada por la Defensa Pública del acusado LIBERT DANIEL ESCALONA SIRA, titular de la cédula de identidad Nº 13.268.962, Abg. Zarelly Zambrano, el acusado LIBERT DANIEL ESCALONA SIRA, titular de la cédula de identidad Nº 13.268.962, en relación a la sustitución de la medida de privación preventiva de libertad decretada en su contra. Regístrese. Cúmplase. Notifíquese al solicitante.