DISPOSITIVA
En virtud a lo antes expuesto, este Juzgado Militar Séptimo de Control con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 44 numeral 1, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con los artículos 1, 5, 6, 13, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal(vigente), ORDENA librar la correspondiente ORDEN DE APREHENSIÓN contra el ciudadano SOLDADO EN SITUACION DE RETIRO HÉCTOR JOSÉ LINAREZ , titular de la cédula de identidad N° V-23.483.647. Remítase la orden de aprehensión al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas para que sea ingresado a la base de datos a fin que se logre su aprehensión y posterior traslado a este Despacho Judicial. Líbrese las comunicaciones correspondientes. HÁGASE COMO SE ORDENA. ASI SE DECIDE.
Dado, firmado, sellado y refrendado en .....