Este Tribunal de Control N° 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos Jesús Alberto Colmenárez Sangronis, Mario José Villegas Suárez, Deivis Sangronis Uranga y Efren Pernía Martínez, plenamente identificados en autos. Regístrese, publíquese.
LA JUEZ DE CONTROL N° 8
ABG. MINERVA PARRA MONTILLA
La Secretaria.