-IV-
DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS, la acción que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA que ha intentado el ciudadano ARMANDO JOSE ALMAO, Venezolano, Titular de la cédula de Identidad N° V- 10.958.202, de este domicilio, contra la ciudadana NANCY BEATRIZ FREITEZ DE SARDI, Venezolana, Titular de la cédula de Identidad N° V-2.537.594 y de este domicilio. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los Veintidós (22) días del mes de Septiembre del Año Dos Mil Veintitrés (2023). Años 212° de la Independenci.....