DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado AGUSTÍN OCANTO SÁNCHEZ, apoderado judicial de los accionantes ciudadanos EDGAR OSWALDO MARTINEZ LEÓN y ELIZABETH DE JESÚS ARGUELLES DE MARTÍNEZ, contra la sentencia de fecha 21 de abril del año 2017 dictado por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción del Estado Lara, revocándose en consecuencia la misma, ordenándosele que continúe conociendo y tramitando la causa de autos en el estado en que se encontraba para el momento en que dictó la recurrida.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza jurídica de la decisión tomada.
De conformidad a lo previsto en el artículo .....