TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA HOMOLOGACIÓN del convenimiento extrajudicial efectuado por los ciudadanos MILAGROS JOSEFINA NAVAS RENDON, titular de la cédula de identidad Nº 20.930.221, en representación de su hij@ MILAN JOSUE NAVAS, de 2 y años de edad, WILMER JOSE GARBAN MUÑOZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.995.137. En consecuencia vista la necesidad de fijar en salarios mínimos los montos del convenimiento extrajudicial de la Obligación de Manutención, tal como lo establece el último parte del artículo 369 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescente, esta Juzgadora en aras de Salvaguardar el interés Superior de los beneficios y para dar cumplimiento a la citada norma procede a llevar a porcentaje los montos convenidos, tomand.....