Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en primera instancia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta, como consecuencia de ello y con el objeto de restituir el derecho infringido, se ordena al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de ésta Circunscripción Judicial dar respuesta en un plazo no mayor de Tres (03) días hábiles a partir de la presente fecha, a la solicitud efectuada por la Defensa Privada inserta al folio 2.901 del asunto principal signado con el N°KP01-P-2002-001703 de la pieza N°10 de fecha 27 de julio de 2005. SEGUNDO: De igual manera en cuanto a la solicitud de sanción efectuada por la legitimada pasiva por ser según su criterio “temeraria” la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Defens.....