/Este Tribunal en Funciones de control N° 1 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda sustituir la Medida de Privación Preventiva de Libertad por Detención Domiciliaria establecida en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal de los ciudadanos RAFAEL JAVIER PERALTA Venezolano, de 23 años de edad, cédula de identidad N° 16.898.321 de profesión fotógrafo, hijo de: LILIA YAJAIRA PERALTA y de PABLO RIVAS residenciado en Barrio La Lucha, Calle Principal, Casa N° 125 en Barquisimeto Estado Lara. Notifíquese a las partes, regístrese y cúmplase.